
Grabación de podcast en video con realización multicámara, micrófonos broadcast y monitoreo en estudio.

Producción de webinars con switcher y dos cámaras: realización en directo y salida lista para transmitir.
Desde sus estudios en Bogotá, ARTTV Producciones produce y transmite eventos en vivo en alta definición para audiencias en cualquier lugar del mundo. La emisión en directo se convirtió en uno de los frentes centrales de la operación de la compañía.
El equipo humano y técnico de la casa realiza eventos, reuniones, capacitaciones, rendiciones de cuentas, ruedas de prensa y lanzamientos, con realización multicámara y emisión en HD pensada para que el público remoto siga cada contenido con la misma claridad que los asistentes presenciales.
La compañía opera canales web de televisión corporativa que conectan a las marcas con su comunidad en línea: una vitrina permanente para el contenido informativo, educativo y de mercadeo de cada cliente, con crecimiento de audiencia medible y una interactividad mayor con las redes sociales.
Su plataforma de producción en vivo combina en una sola emisión el video en tiempo real con textos, fotografías y clips pregrabados, operada desde los propios estudios con todo el respaldo de la infraestructura técnica de la casa.
Comedia · Colombia · 2026 · 114 min · Recomendada para mayores de 12 años

Francisco, María y Lázaro madrugan con un plan: disfrazados de religiosos, entrar a robar un dinero oculto en La Patria, una casa de reposo mental. Lo que ninguno sabe es que tres ladrones profesionales y fuertemente armados se les adelantaron con la misma intención.
Con empleados y pacientes tomados como rehenes, los dos bandos se disputan el control de la negociación mientras la casa queda rodeada por la policía, los medios de comunicación y decenas de curiosos. Afuera manda Palomo, un capitán de policía chaparro y lerdo, de métodos excéntricos, cuya debilidad por el licor se pone a prueba cuando su primo Henry, un borracho empedernido, aparece en pleno operativo. Una comedia de atracos donde ningún plan sale como estaba previsto.
Concebida por Jairo Estrada en 2005 y desarrollada durante más de dos décadas, la producción articula a más de 30 personajes en escena y llegó a las salas de cine de Colombia en octubre de 2026.
Arttv Studios acompañó la producción de principio a fin con el alquiler de sus equipos: cámaras 4K Sony FX3 y A7 IV, transmisión inalámbrica de video, monitores, iluminación y grip completo, incluidos HMI para exteriores, durante el rodaje realizado entre abril de 2024 y julio de 2026.
Estos equipos fueron posibles por: ARTTV PRO
Dirección: Ricardo González y Jairo Estrada · Guion: Jairo Estrada · Dirección de fotografía: Nelson León · Dirección de arte: Verónica Vitery · Música: Juan Pablo Saavedra · Montaje: Juan Manuel Castro y Jairo Estrada · Elenco: Omeris Arrieta, Valeria Duarte, Jairo Estrada, Julio Pachón, Gustavo Angarita, Erick Cuellar, Luis Fernando Salas y Mauricio Cujar · Casa productora: Sagitario Films
@peliculalocosporlaplata · VER LA CUENTA
Arttv Studios, también reconocida como Arttv Producciones, es una productora colombiana de cine y televisión con sede en Bogotá. Sus orígenes se remontan a 1980 y su consolidación como empresa a 1991, con una apuesta sostenida por una generación de imágenes de alta calidad, realizada con criterios serios de dirección, producción, concepto e imagen.
A lo largo de más de cuatro décadas, la compañía ha combinado el trabajo técnico con una visión artística y creativa, respaldada por la estética y la experiencia de su equipo humano. Su actividad principal es la producción integral de televisión.
Su producción cotidiana abarca comerciales, piezas audiovisuales, documentales, novelas, dramatizados, seriados, videoclips, eventos y streaming, además de la operación de una casa de alquiler de equipos de gran formato y de estudios profesionales en la capital.
La filosofía de la casa parte del éxito comercial de sus clientes: piezas de excelente calidad, creadas para lograr gran recordación, basadas en la realidad, pensadas para el futuro e innovadoras en el presente.
Registrar imágenes y sonidos de alta calidad.
Adaptar las nuevas tecnologías para el desarrollo de la industria audiovisual, generando en los televidentes gratas sensaciones y en sus colaboradores un trabajo dignificante.
Contenidos audiovisuales que instruyan, recreen, diviertan y creen conciencia por el respeto a la vida y el planeta.
Toda su capacidad técnica, tanto en equipo humano como en equipo técnico, está puesta al servicio de cada producción.
En el barrio La Soledad de Bogotá, la compañía opera cuatro estudios profesionales de televisión, equipados con sinfines, parrillas de iluminación, camerinos y áreas de catering, al servicio de producciones de todos los formatos.
Los paquetes de estudio integran en una sola configuración el espacio, la iluminación, el grip y el personal eléctrico de la casa, en combinaciones pensadas para cada formato de producción. Cada paquete se cotiza según las necesidades del proyecto.

Alquilando este paquete adquiere descuento especial en iluminación y cámara. Precio por pago de contado.

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La flota de cámaras de la compañía reúne once cuerpos Broadcast y CineAlta en formatos 2K, 4K, UHD y 6K. La selección se presenta ordenada por valor comercial, de mayor a menor, y cada ficha reúne las especificaciones técnicas principales de la cámara. Lentes, grips, filtros y el resto del catálogo se encuentran en la sección de Equipos.

Sony FX9. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

Sony FX6. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

Sony PMW F55 HD 4K. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

Sony PXW FS7 MK2 4K CINEALTA Super 35 mm. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

Sony PMW F5 HD 4K. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

Sony PDW 700. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

Sony A7SII 4K. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

SONY a7S II. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

Sony F3S LOG2 HD FF SUPER 35. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

Sony XDCAM PMW EX-3. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.

HERO3. Cámara profesional de cine y televisión del inventario de Arttv Studios. Alquiler por días en Bogotá, Colombia, con el respaldo del equipo técnico de la casa.
Arma tu truck con todo lo del catálogo (cámaras, estudios, luces, grip y más), ajusta las cantidades y envía una sola solicitud de cotización a la oficina. Al enviar, tu cotización en Excel llega adjunta al correo de la oficina.
La solicitud llega directo desde esta página al correo corporativo info@arttvpro.tv, con tu Excel adjunto y el detalle de tu truck.
Cámaras, iluminación, grip, sonido y estudios conforman un solo inventario en Bogotá, respaldado por el equipo técnico de la casa.
COTIZAR AHORAEste documento contiene las condiciones que rigen la renta de estudios y de equipos audiovisuales de ARTTV Producciones. Para facilitar su lectura y comprensión, está organizado en cuatro segmentos: el primero regula la renta de estudios; el segundo, los equipos que se entregan y operan con personal técnico de la empresa; el tercero, los equipos que excepcionalmente salen sin personal; y el cuarto reúne las cláusulas generales, que aplican a todas las rentas. La aceptación de la cotización, la firma del acta o check list de entrega y el recibo de los estudios o equipos implican la aceptación integral de estas condiciones.
La arrendadora. ART TV PRODUCCIONES S.A.S., sociedad identificada con NIT 900.352.275-3, con domicilio en Bogotá, D.C., propietaria de los estudios y de los equipos, que en este documento también se denomina ARTTV Producciones y, en su calidad de arrendadora, se denominará LA ARRENDADORA.
La arrendataria. La persona natural o jurídica que acepta la cotización y recibe en renta los estudios o los equipos, que en su calidad de arrendataria se denominará LA ARRENDATARIA.
Interpretación. Las denominaciones LA ARRENDADORA y LA ARRENDATARIA corresponden al arrendador y al arrendatario de que tratan los artículos 1973 y 1977 del Código Civil colombiano. Cuando una producción combine estudios, equipos y servicios técnicos, estas condiciones se aplican en conjunto y prevalece la naturaleza real de lo contratado sobre cualquier denominación. En caso de diferencia entre la cotización aceptada y este documento en aspectos económicos de una producción específica, prevalece la cotización firmada por las partes.
Este segmento aplica cuando LA ARRENDATARIA renta uno o varios estudios de LA ARRENDADORA, con o sin equipos. Cuando la renta incluya equipos, se aplican además los segmentos 2 o 3, según los equipos salgan con personal de LA ARRENDADORA o sin él.
1.1 Alcance de la renta. La renta del estudio incluye el espacio contratado, los camerinos y las áreas comunes asignadas en la cotización. Los equipos y servicios adicionales se rigen por los demás segmentos de este documento.
1.2 Jornada en estudio. La jornada de estudio es de diez (10) horas continuas, contadas desde el llamado del personal técnico hasta la finalización de la producción. El montaje y el desmontaje hacen parte de la jornada contratada. LA ARRENDADORA se reserva el derecho de modificar los horarios de sus empleados cuando existan causas que lo justifiquen.
1.3 Permanencia y sobretiempo. Vencida la jornada contratada, la permanencia adicional en el estudio se cobra con un recargo del diez por ciento (10%) por cada una de las dos primeras horas y del veinte por ciento (20%) desde la tercera hora, calculado sobre el valor de la jornada del estudio y del personal técnico asignado. La permanencia fuera de la jornada no genera para LA ARRENDATARIA ningún derecho de ocupación distinto del pactado en la cotización.
1.4 Admisión y permanencia. LA ARRENDADORA se reserva el derecho de admisión y de permanencia en sus instalaciones. Si LA ARRENDATARIA, o cualquier persona que ingrese por cuenta de ella (equipo de producción, invitados, talento, modelos, proveedores o público), causa disturbios, agresiones, desórdenes, o incumple las normas de seguridad o de convivencia, LA ARRENDADORA podrá retirar a la persona, suspender la jornada y dar por terminada la renta sin lugar a reembolso, sin perjuicio del cobro de los daños causados. LA ARRENDATARIA responde por la conducta de todas las personas que ingresen por su cuenta.
1.5 Pertenencias. LA ARRENDADORA no se hace responsable por el robo, la pérdida o el daño de pertenencias, equipos propios, utilería, vestuario ni de ningún otro bien de LA ARRENDATARIA o de terceros que se encuentre en las instalaciones. Cada persona custodia sus bienes y LA ARRENDADORA no actúa como depositaria de bienes ajenos.
1.6 Uso y cuidado de las instalaciones. LA ARRENDATARIA responde por la integridad y la conservación del estudio, los camerinos, las áreas comunes y los equipos, y reparará los daños que su producción cause. Toda modificación física del estudio (perforaciones, pintura, fijaciones o escenografía adherida) requiere autorización previa y escrita de LA ARRENDADORA y debe revertirse al finalizar el servicio, salvo pacto escrito en contrario. LA ARRENDADORA suministrará las herramientas y los soportes necesarios para el montaje y el desmontaje en el estudio.
1.7 Energía en estudios. La producción dentro de los estudios podrá servirse de la energía de las instalaciones. El consumo se mide por los medidores correspondientes y se liquida a dos mil pesos ($2.000) por KW/h. LA ARRENDADORA adelantará el servicio y LA ARRENDATARIA deberá prever el pago del mayor valor de energía que se utilice en el estudio. Los balanceos de carga sobre el sistema eléctrico de LA ARRENDADORA serán efectuados por el operador asignado por ella. LA ARRENDADORA asumirá el costo de las instalaciones eléctricas realizadas por su personal dentro de los tableros ubicados en sus instalaciones, y LA ARRENDATARIA asumirá el costo de la energía adicional o acometida que contrate directamente con Enel Codensa o con cualquier otro proveedor.
1.8 Parqueadero. Los vehículos de la producción podrán hacer uso de las zonas de parqueo que LA ARRENDADORA asigne, sujetas a disponibilidad. Los conductores deberán atender en todo momento las instrucciones del personal de LA ARRENDADORA para preservar la integridad de la producción. LA ARRENDADORA no se hace responsable por el daño, el hurto o la pérdida de los vehículos ni de los objetos dejados en su interior.
1.9 Disposición de la basura. LA ARRENDATARIA se obliga a retirar la basura voluminosa generada por su producción (elementos de escenografía, utilería, empaques de alimentos y similares) en un vehículo idóneo al finalizar el servicio, y a disponer de ella conforme a la regulación ambiental y de espacio público vigente. LA ARRENDADORA pondrá canecas suficientes para los desechos ordinarios.
1.10 Aseo especial. Cuando por modificaciones locativas, o por grabaciones en áreas donde normalmente no se realizan, se requiera mantener el lugar en condiciones óptimas de salud y bienestar, LA ARRENDATARIA autoriza a LA ARRENDADORA a designar personal de aseo para tal fin, cuyo costo se informará en la cotización o en su adición escrita.
Este segmento aplica cuando los equipos se entregan y se operan con personal técnico de LA ARRENDADORA, dentro de sus estudios o en locaciones externas. Es la modalidad ordinaria de operación de ARTTV Producciones.
2.1 Supervisión permanente. Los equipos siempre se entregan y se operan con el técnico o los técnicos de LA ARRENDADORA asignados en la cotización. Durante toda la jornada, la custodia y la operación de los equipos permanecen en LA ARRENDADORA, sin perjuicio de las responsabilidades de LA ARRENDATARIA previstas en este documento.
2.2 Operación exclusiva. Ninguna persona ajena a LA ARRENDADORA podrá manipular, operar o intervenir los equipos sin autorización expresa de LA ARRENDADORA. El personal técnico requerido para ejecutar los trabajos estará debidamente identificado y contará con la idoneidad para la función asignada.
2.3 Dirección de la producción. LA ARRENDATARIA dirige la producción y, por conducto de su director o de su productor, imparte las órdenes sobre los aspectos operativos, logísticos y administrativos del servicio. El vínculo laboral del personal técnico es exclusivamente con LA ARRENDADORA, que asume las obligaciones propias de empleador.
2.4 Autoridad técnica y seguridad. El personal de LA ARRENDADORA advertirá a LA ARRENDATARIA cualquier riesgo para las personas, los equipos o la producción, incluido el riesgo eléctrico, y dejará constancia de la advertencia. Si LA ARRENDATARIA ordena continuar contra la advertencia, asume las consecuencias y los daños que se deriven de su decisión. El técnico podrá detener la operación cuando exista un riesgo grave e inminente para las personas o para los equipos; si la causa de la detención es ajena a LA ARRENDADORA, la jornada se cobrará en su totalidad.
2.5 Jornada fuera del estudio. Cuando el servicio se preste fuera de los estudios de LA ARRENDADORA, la jornada será de doce (12) horas continuas, contadas desde la llegada del personal técnico a la sede de LA ARRENDADORA o desde su salida hacia la locación, hasta su regreso, incluido el tiempo de traslado. Los días de desplazamiento fuera de la ciudad se cobran como días completos de renta de los equipos, por el valor acordado. El descanso mínimo entre una jornada y la siguiente es de diez (10) horas; si LA ARRENDATARIA exige un llamado anterior, pagará un recargo equivalente al valor de una jornada.
2.6 Recargos. Las horas adicionales a la jornada se cobran con un recargo del diez por ciento (10%) por hora en las dos primeras y del veinte por ciento (20%) desde la tercera, sobre el valor de la jornada calculado con base en el día de renta de doce (12) horas. En estudio, la jornada base es de diez (10) horas. El trabajo nocturno, entre las 7:00 p. m. y las 5:00 a. m., tendrá un recargo del cincuenta por ciento (50%) sobre el valor de la jornada. Los trasnochos, entre las 12:00 a. m. y las 5:00 a. m., tendrán un recargo del cien por ciento (100%). Los trabajos realizados en días domingo y festivos tendrán un recargo del cien por ciento (100%) para el personal técnico asignado, con independencia del medio de transporte dispendioso que se deba utilizar.
2.7 Transporte. Todo transporte del personal inicia a las horas de llamada indicadas en la cotización. LA ARRENDATARIA pagará, por cada viaje, el auxilio de transporte calculado según la tabla dispuesta por LA ARRENDADORA (tarifas de referencia de servicios como Taxi o Beat). Cuando el servicio se contrate desde una ciudad diferente a Bogotá, todo el transporte correrá por cuenta de LA ARRENDATARIA. Los equipos solo podrán transportarse en los vehículos que LA ARRENDADORA defina como idóneos conforme al tipo de producción.
2.8 Alimentación. El tiempo de alimentación hace parte de la jornada: cuarenta y cinco (45) minutos cuando el servicio se preste en las instalaciones de LA ARRENDADORA y una (1) hora cuando se preste fuera de ellas. El desayuno, el almuerzo y la cena de todo el personal técnico y artístico durante la producción son por cuenta de LA ARRENDATARIA.
2.9 Ambiente seguro en locación. Cuando la producción se realice en una locación dispuesta por LA ARRENDATARIA, esta garantiza un entorno seguro para el personal, los vehículos y los equipos: acceso oportuno, cargue y descargue seguros, vigilancia razonable y ausencia de riesgos conocidos, como presencia de agua, instalaciones eléctricas inseguras o superficies inestables. Si un equipo se pierde, se roba o se daña porque el sitio no ofrecía condiciones seguras, los costos de reparación o reposición y los gastos derivados serán por cuenta de LA ARRENDATARIA.
2.10 Pernoctada de equipos. Si por necesidades de la producción los equipos deben permanecer en la locación fuera de la jornada o durante la noche, la guarda y la custodia de los equipos durante ese tiempo serán de LA ARRENDATARIA, que garantiza un espacio cerrado, seguro y bajo llave. La entrega para la pernoctada y la recepción al reinicio de la jornada se registrarán en acta o constancia escrita.
2.11 Demoras por cuenta de LA ARRENDATARIA. Si el inicio o el desarrollo del trabajo se retrasa por causas atribuibles a LA ARRENDATARIA (falta de acceso a la locación, locación no lista, decisiones pendientes o instrucciones tardías), el tiempo transcurrido se entiende parte de la jornada y los sobretiempos se cobrarán conforme a este documento.
2.12 Daños y pérdidas durante la jornada. Los daños o pérdidas causados por imprevisión, inobservancia o negligencia de LA ARRENDATARIA, o del personal a su cargo, serán reparados o pagados por ella conforme a la cláusula 4.7 de este documento. El mantenimiento ordinario y las reparaciones por desgaste normal de los equipos son por cuenta de LA ARRENDADORA.
Este segmento aplica únicamente cuando LA ARRENDADORA autoriza expresamente que determinados equipos salgan sin personal técnico suyo. Todo equipo que no aparezca relacionado en la cotización o en el acta como equipo sin personal se entiende entregado con personal y se rige por el segmento 2.
3.1 Autorización expresa. La salida de equipos sin personal requiere autorización expresa y escrita de LA ARRENDADORA para cada alquiler y se limita a los equipos relacionados en la cotización o en el acta de entrega.
3.2 Requisitos para alquilar. Para el primer alquiler, y siempre que LA ARRENDADORA lo requiera, LA ARRENDATARIA aportará: si es persona jurídica, el certificado de existencia y representación legal (cámara de comercio) y copia del documento de identidad de su representante legal; si es persona natural, copia de su documento de identidad y una referencia comercial o laboral verificable. En todos los casos, LA ARRENDATARIA designará por escrito a la persona autorizada para recibir, inspeccionar y devolver los equipos y para firmar los documentos de entrega y devolución.
3.3 Garantía. Al momento de la entrega, LA ARRENDATARIA firmará un pagaré con carta de instrucciones a favor de LA ARRENDADORA, que respalda el valor de los equipos y el cumplimiento de las obligaciones de este documento, y constituirá un depósito en dinero proporcional al valor de los equipos entregados. LA ARRENDADORA devolverá el depósito y el pagaré una vez recibidos los equipos y verificado su buen estado y funcionamiento. LA ARRENDADORA podrá eximir o reducir la garantía para clientes con historial satisfactorio de alquileres, decisión que constará por escrito.
3.4 Entrega personal. La entrega y la devolución se harán personalmente a la persona autorizada por escrito. No se entregarán equipos a mensajeros, conductores de plataformas ni a ningún tercero no autorizado por escrito. La devolución por un tercero solo procede si esa persona participa con LA ARRENDADORA en la evaluación conjunta del estado de los equipos.
3.5 Acta de entrega. La entrega se formaliza en un acta o check list con el inventario de equipos y accesorios, sus seriales y su estado. Cualquier observación sobre el estado o los faltantes deberá anotarse en el acta en el momento de la entrega. La firma del acta certifica que los equipos se recibieron completos y en el estado allí registrado.
3.6 Custodia total. Desde la entrega y hasta la devolución verificada, LA ARRENDATARIA tiene la custodia total de los equipos y responde por todo daño, pérdida, robo, uso indebido y faltante, causado por ella, por su personal o por terceros. En tales casos pagará la reparación o, cuando esta no sea posible o el equipo se haya perdido, su valor de reposición, conforme a la cláusula 4.7 de este documento.
3.7 Prohibiciones. LA ARRENDATARIA no podrá subarrendar, prestar, ceder ni permitir el uso de los equipos por terceros, ni trasladarlos a una locación distinta de la autorizada o fuera de Colombia, sin autorización previa y escrita de LA ARRENDADORA.
3.8 Transporte y manejo. LA ARRENDATARIA transportará los equipos en los estuches o empaques entregados, evitando golpes, vibraciones excesivas, humedad y exposición al clima. Si un equipo no apto para exteriores presenta señales de humedad o de exposición indebida al momento de la devolución, LA ARRENDATARIA pagará su valor de reposición.
3.9 Devolución y retrasos. La devolución se hará en la fecha, la hora y el lugar exactos consignados en el acta. Cada día o fracción de retraso se cobrará como un día adicional de renta, a la tarifa pactada. Si el retraso supera veinticuatro (24) horas sin acuerdo escrito previo, LA ARRENDADORA podrá cobrar el valor de reposición de los equipos, sin perjuicio de la renta causada hasta la devolución efectiva o el pago.
3.10 Material en los medios. Antes de devolver cámaras, grabadoras o memorias, LA ARRENDATARIA deberá respaldar y retirar la totalidad de su material grabado. LA ARRENDADORA podrá formatear los medios para el siguiente alquiler. El riesgo sobre el material grabado se rige por la cláusula 4.8 de este documento.
3.11 Revisión posterior. La recepción física de los equipos no impide que LA ARRENDADORA reporte, dentro de un tiempo razonable y con el soporte correspondiente, los daños no evidentes que se detecten en la revisión técnica posterior a la devolución. Esos daños se cobran conforme a la cláusula 4.7.
Las cláusulas de este segmento aplican a todas las rentas de ARTTV Producciones: estudios, equipos con personal y equipos sin personal.
4.1 Cotización y perfeccionamiento. La contratación se perfecciona con el pago del cincuenta por ciento (50%) del valor de la cotización a título de anticipo y el cincuenta por ciento (50%) restante contra la firma del acta o check list de los equipos y servicios aprobados. Si LA ARRENDATARIA no cumple oportunamente con esos pagos, LA ARRENDADORA podrá dar por terminada la contratación de manera unilateral. La cotización no incluye: cerramientos de vías o espacios públicos; energía adicional contratada con Enel Codensa; permisos ante entidades distritales o nacionales; alimentación no ofrecida expresamente; personal no incluido en la cotización; locaciones no ofrecidas; parqueaderos fuera de las instalaciones de LA ARRENDADORA; transporte intermunicipal, combustible y peajes; carro taller; planta eléctrica; ni seguros no ofrecidos expresamente.
4.2 Precios, IVA y facturación. Todos los precios están expresados en pesos colombianos y no incluyen el impuesto al valor agregado (IVA). LA ARRENDATARIA pagará el IVA que se genere sobre cada renta y practicará las retenciones a que haya lugar conforme a la ley, expidiendo los certificados correspondientes. Los pagos se harán en la forma y los plazos indicados en la cotización.
4.3 Intereses de mora. Si LA ARRENDATARIA no paga oportunamente cualquier valor a su cargo, pagará intereses moratorios a la tasa máxima legal permitida, desde la fecha de vencimiento de la obligación hasta el pago total, liquidados mes a mes o por fracción de mes.
4.4 Cancelación y reprogramación. LA ARRENDATARIA podrá cancelar el servicio mediante aviso escrito con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas a la fecha programada, sin costo. Si la cancelación se realiza con menos de veinticuatro (24) horas, pagará el cincuenta por ciento (50%) del valor confirmado. Si no se presenta el día del servicio, o lo cancela dentro de las doce (12) horas anteriores, pagará el cien por ciento (100%) del valor confirmado. La reprogramación de fechas y horarios de mutuo acuerdo no genera recargo; LA ARRENDADORA no será responsable por las dificultades derivadas de la premura en una reprogramación de última hora.
4.5 Solicitudes adicionales por escrito. Toda solicitud adicional o cambio (equipos, servicios, horarios, personal, locaciones) deberá confirmarse por escrito, incluso por correo electrónico dirigido a LA ARRENDADORA, y se entiende aceptado su cobro con esa confirmación. Las solicitudes verbales no obligan a LA ARRENDADORA ni generan derecho a facturación para LA ARRENDATARIA. Las adiciones confirmadas se facturan con las mismas tarifas y condiciones de la cotización.
4.6 Seguros. Para garantizar los riesgos de los equipos durante la renta, LA ARRENDATARIA pagará el uno por ciento (1%) del valor de la renta por concepto de póliza de responsabilidad contractual, suma que generará deudores solidarios por el compromiso adquirido. En producciones de larga duración, LA ARRENDADORA podrá aceptar en sustitución la póliza paraguas de la producción, siempre que cubra los equipos y la responsabilidad frente a LA ARRENDADORA. La cobertura no operará cuando los equipos se utilicen en condiciones notoriamente inseguras sin que se hayan acordado e implementado las medidas de protección correspondientes.
4.7 Responsabilidad por daños y pérdidas. LA ARRENDADORA responde por el mantenimiento normal de sus equipos. Cuando por imprevisión, inobservancia o negligencia de LA ARRENDATARIA, o de las personas por quienes ella debe responder, los equipos sufran daño o pérdida, LA ARRENDATARIA pagará su valor de reposición, previa reparación efectuada por el servicio técnico de LA ARRENDADORA o de la casa matriz del equipo. El término para reclamar la pérdida o el daño es de un (1) mes contado desde el hecho. Cuando el daño o la pérdida se produzca por fuerza mayor o por el hecho de un tercero y haya lugar a reclamación ante la aseguradora, LA ARRENDADORA hará la reclamación por conducto de su aseguradora, para beneficio de las partes.
4.8 Material grabado y propiedad intelectual. La propiedad intelectual y los demás derechos sobre el material grabado pertenecen a LA ARRENDATARIA o a quien ella represente. LA ARRENDADORA no conserva copias del material, salvo que LA ARRENDATARIA le encargue expresamente y por escrito su custodia, caso en el cual se pactarán las condiciones del almacenamiento. Una vez entregado el material o los medios de grabación a LA ARRENDATARIA o a su persona autorizada, todo riesgo sobre el material es de LA ARRENDATARIA. LA ARRENDATARIA debe verificar el material durante la grabación o inmediatamente después de ella y mantener sus propias copias de respaldo. LA ARRENDADORA no es una granja de almacenamiento y no garantiza la conservación de material que no haya sido retirado.
4.9 Detrás de cámaras y portafolio. LA ARRENDATARIA autoriza a LA ARRENDADORA a fotografiar y grabar en video el detrás de cámaras de las producciones realizadas con sus estudios o con sus equipos, por conducto de personal propio de LA ARRENDADORA, incluido su fotógrafo o creador de contenido, y a publicar ese material en las redes sociales y canales de LA ARRENDADORA, existentes o que lleguen a existir (entre ellos LinkedIn, Facebook, Instagram y TikTok), en su página web, en su portafolio de servicios y en piezas publicitarias, en fotografías, imágenes fijas (stills) y videos, sin costo adicional para LA ARRENDADORA. La captura del detrás de cámaras se hará sin interferir con la producción. Si la producción es confidencial o su lanzamiento es posterior, LA ARRENDATARIA lo informará por escrito y LA ARRENDADORA se abstendrá de publicar el material hasta el lanzamiento o hasta recibir autorización escrita.
4.10 Conformidad y reclamos. Al finalizar cada jornada, las partes podrán firmar la conformidad del servicio prestado. Las reclamaciones sobre el servicio o sobre el material deberán presentarse a más tardar dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la finalización de la jornada, con la evidencia correspondiente. Vencido ese plazo sin reclamación, el servicio se entiende recibido a satisfacción, sin perjuicio de los daños no evidentes a que se refiere la cláusula 3.11.
4.11 Fuerza mayor. Si un hecho de fuerza mayor o caso fortuito, incluidas las decisiones de autoridad, las alteraciones del orden público o las condiciones climáticas extremas, impide la realización de la producción, las partes la reprogramarán de común acuerdo y sin penalidad. Los servicios ya prestados y los costos ya causados se pagarán en su totalidad. Si LA ARRENDADORA debe cancelar un servicio por razones de seguridad de su personal o de sus equipos, ofrecerá la reprogramación o la devolución de los anticipos correspondientes a servicios no prestados.
4.12 Seguridad y salud en el trabajo. Todo el personal técnico, operativo y artístico de cada parte deberá estar afiliado y al día en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, conforme al Decreto 1072 de 2015 y a la Resolución 111 de 2017, con los elementos de protección personal y los protocolos de bioseguridad aplicables. Cuando el trabajo se ejecute bajo la dirección y subordinación de LA ARRENDATARIA como contratante, la afiliación y los pagos de seguridad social de su personal serán su responsabilidad. LA ARRENDADORA podrá verificar los soportes y suspender actividades que impliquen riesgo. LA ARRENDATARIA declara que su personal y el de sus proveedores se encuentra vinculado legalmente y al día en seguridad social, y mantendrá indemne a LA ARRENDADORA frente a cualquier reclamación derivada de su personal.
4.13 Uso legal e indemnidad. LA ARRENDATARIA utilizará los estudios y los equipos conforme a la ley y a las buenas costumbres. Si por el uso ilegal de los estudios o de los equipos, o por el contenido de su producción, se causan sanciones, reclamaciones o perjuicios a LA ARRENDADORA, LA ARRENDATARIA la indemnizará y la mantendrá indemne, incluidos los costos de defensa.
4.14 Protección de datos personales. Las partes se obligan a cumplir la Ley 1581 de 2012 y las normas que la reglamentan, y a utilizar los datos personales a los que accedan con ocasión de este contrato únicamente para su ejecución, adoptando las medidas de seguridad correspondientes. LA ARRENDATARIA autoriza a LA ARRENDADORA a tratar sus datos personales para la ejecución del contrato y la gestión comercial derivada de él. Si no está de acuerdo con este tratamiento, debe manifestarlo por escrito, para no ser incluida dentro de la base de datos de LA ARRENDADORA.
4.15 Gestión ante terceros. LA ARRENDATARIA autoriza a LA ARRENDADORA a gestionar ante entidades públicas o privadas los permisos y las actividades necesarios para la ejecución de la producción. Cuando la gestión implique desplazamientos fuera de la ciudad, podrán generarse recargos u honorarios por devoluciones tardías o gestiones adicionales, que se informarán previamente a LA ARRENDATARIA.
4.16 Cesión y auditoría. LA ARRENDATARIA no podrá ceder este contrato ni los derechos derivados de él sin autorización previa y escrita de LA ARRENDADORA. LA ARRENDADORA podrá cederlo, o subcontratar su ejecución, con empresas de su mismo grupo empresarial, informándolo a LA ARRENDATARIA. LA ARRENDADORA podrá auditar en cualquier tiempo el cumplimiento de las obligaciones a cargo de LA ARRENDATARIA.
4.17 Cláusula penal. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de este contrato, por cualquiera de las partes, dará lugar a una sanción equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, exigible a los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del incumplimiento, sin perjuicio del cobro de los perjuicios adicionales que se demuestren.
4.18 Obligaciones tributarias. Cada parte declara encontrarse al día en sus obligaciones tributarias y se obliga a mantenerse así durante la vigencia del contrato. Los gastos de legalización de este documento serán por cuenta de ambas partes por partes iguales.
4.19 Notificaciones. Las notificaciones entre las partes se harán por escrito a las direcciones y correos electrónicos registrados en la cotización o en el acta de entrega. Las enviadas por correo electrónico se entienden recibidas el mismo día de su envío cuando se hagan en día y horario hábiles. El domicilio contractual de las partes es la ciudad de Bogotá, D.C.
4.20 Modificaciones e integridad. Toda modificación de este documento requiere acuerdo escrito de las partes. Si una autoridad competente declara nula o inaplicable alguna cláusula, las demás conservarán plena vigencia. Este documento, junto con la cotización aceptada y las actas de entrega, constituye el acuerdo completo entre las partes sobre la renta de estudios y equipos.
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